El Decreto-Ley 3/2022 de medidas para el transporte de mercancías por carretera, aprobado por el Gobierno la pasada semana, incluye importantes novedades tanto en el ámbito económico como laboral. Entre las medidas incluidas se encuentran:
- La prohibición de que el conductor realice las labores de carga y descarga de las mercancías, que entrará en vigor el próximo mes de septiembre.
- Prohibición a la revisión automática de los precios que perciben los transportistas por la prestación de sus servicios en función de la variación del gasóleo, la cual se calcula en base a una fórmula de aplicación sencilla en función del porcentaje de variación que haya sufrido el carburante en un período concreto.
De hecho, tal y como contempla el Decreto Ley en una de sus Disposiciones Adicionales, para aquellos transportistas que trabajen de forma habitual para un cliente, conforme al incremento experimentado en el precio del gasóleo en un 36% en los últimos 12 meses, aplicando la fórmula establecida los transportistas en función del tonelaje de sus vehículos podrían exigir aumentar sus precios hasta en un 12%.
Sin embargo, no debe obviarse que en estos momentos de coyuntura económica tan críticos, en los que el precio de los carburantes se ven afectados por una enorme volatilidad con subidas alarmantes de precios diariamente, dicha medida no es suficiente para que los transportistas puedan trabajar en unas condiciones mínimas, no ya de rentabilidad, sino ni siquiera para cubrir sus costes de explotación.
Por ello se ha exigido al Gobierno que adopte con carácter urgente medidas extraordinarias que ayuden a contener el alza incontrolada del precio de los carburantes, ya que de lo contrario el sector se vería obligado a paralizar su actividad por insostenibilidad económica en poder seguir trabajando.
La Guía explicativa de aplicación del Decreto-Ley 3/2022 de medidas al transporte puede consultarse en el siguiente enlace: