En las últimas semanas el Tribunal Supremo ha corroborado la regulación del nuevo ROTT formalizada por el Reglamento comunitario acerca del acceso al sector del transporte. Así, quien aspire al título de competencia profesional deberá disponer de una titulación en bachillerato, formación profesional de segundo grado o equivalente.
Los recursos que se interpusieron al Tribunal Supremo han quedado invalidados, puesto que según el mismo es adecuada la exigencia para la adquisición de dicha titulación. Admiten que existe “una adecuada relación de proporcionalidad con los conocimientos exigidos por el examen para el reconocimiento oficial de la competencia profesional que regula el Reglamento europeo”; donde se pide “un nivel mínimo de conocimientos adquiridos durante la escolaridad obligatoria, completada bien por una formación profesional y una formación técnica complementaria, bien por una formación de enseñanza secundaria u otra formación técnica”.
Como aclaración general, estos requisitos tan solo afectan a los aspirantes a la obtención del título de competencia profesional a partir de febrero de 2021. Aquellos que ya tuvieran dicha competencia reconocida con anterioridad a dicha fecha no deben acreditar dicha titulación (Bachiller, FP superior o similar).
Mientras que el título de competencia profesional afecta a aquellos que deseen ser titulares de una autorización de transporte: empresarios de transporte. Por lo que no se aplica ni exige para los transportistas por cuenta ajena, pues ellos deberán disponer del carné de conducir necesario para el vehículo en concreto y el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) en vigor. Así como los posibles carnés o títulos específicos de transporte en caso de que sean necesarios (mercancías peligrosas, ADR…).