En el caso de las restricciones de circulación para vehículos pesados en República Checa se establecen prohibiciones permanentes, estivales y especiales; así como las excepciones pertinentes. Tanto las permanentes como las estivales se refieren a tractoras y conjuntos de más de 7’5 toneladas de PMA, y tractoras y vehículos especiales con tráiler cuyo motor exceda 3’5 toneladas. Del mismo modo, se refiere a autopistas, carreteras nacionales y carreteras de primer orden.
Restricciones permanentes:
- Domingos y festivos: 13:00 a 22:00 horas.
Restricciones estivales (1 de julio a 31 de agosto):
- Viernes: 17:00 a 21:00 horas.
- Sábados: 7:00 a 13:00 horas.
- Domingos y festivos: 13:00 a 22:00 horas.
Las prohibiciones especiales se refieren a vehículos con volúmenes cuya anchura exceda de 0’60 metros en carreteras nacionales de primer orden fuera de zonas urbanas del 15 de abril al 30 de septiembre:
- Viernes y vísperas de festivos: 15:00 a 21:00 horas.
- Sábados y primer día de sucesión de festivos: 7:00 a 11:00 horas.
- Domingos y último día de sucesión de festivos: 15:00 a 21:00 horas.
Los días festivos a tener en cuenta para dichas restricciones son:
- 1 Enero Año Nuevo
- 19 Abril Viernes Santo
- 22 Abril Lunes de Pascua
- 1 Mayo Fiesta del Trabajo
- 8 Mayo Día de la Liberación
- 5 Julio Fiesta de los Profetas Cyril y Method
- 6 Julio Aniversario del fallecimiento de Jan Hus
- 28 Septiembre Fiesta del Estado
- 28 Octubre Fiesta Nacional
- 17 Noviembre Fiesta de la Libertad y la Democracia
- 24 Diciembre Víspera de Navidad
- 25 Diciembre Navidad
- 26 Diciembre San Esteban
Varias son las excepciones que se registran a todas estas prohibiciones:
- Vehículos utilizados para transportes agrícolas de temporada.
- Vehículos utilizados para Transporte Combinado, de expedidor a punto de carga más próximo, o de punto de descarga a destinatario.
- Vehículos para construcción, mantenimiento o reparación de carreteras.
- Vehículos que transportan mercancías perecederas, con la condición de que la mercancía ocupe más de la mitad del vehículo.
- Transporte de animales vivos.
- Transporte de carburantes para estaciones de sevicio.
- Transporte de correo postal.
- Vehículos para carga y descarga de aviones, trenes y barcos (distancia máxima de 100 kilómetros).
- Vehículos vacíos en relación con transportes mencionados anteriormente.
- Vehículos requeridos en desastres naturales.
- Vehículos para clases de conducción.
- Vehículos de fuerzas armadas, policía y bomberos.
- Transporte de sustancias químicas sensibles a cambios de temperatura o susceptibles a cristalización.