El 1 de Julio de 2016 ya vivimos la introducción en Francia de la Ley Macron, ley que obliga a las empresas a pagar a sus conductores el salario mínimo impuesto en Francia mientras los trabajadores estén en territorio francés. Ahora, es el Gobierno italiano el que estudia ampliar la aplicación del salario mínimo al transporte internacional.
El pasado mes de Julio se aprobó el Decreto Legislativo nº 136 del 17 de Julio de 2016, que obliga a las empresas a cubrir el salario mínimo establecido en Italia a los conductores profesionales que se desplacen a territorio italiano, dicha normativa pendiente de desarrollo, impone una serie de obligaciones por parte de la empresa transportista cuyos vehículos se desplacen a territorio italiano:
- Notificar al Ministerio de Trabajo italiano una comunicación de desplazamiento previo a la realización del viaje.
- Designar un representante en territorio italiano a efectos de control del cumplimiento de la legislación laboral.
Aunque al principio el Decreto legislativo aprobado en Julio, sólo contemplaba aplicarlo al transporte de cabotaje (transporte que solo puede realizarse en los países miembros de la UE), ha sido la crítica de todas las asociaciones italianas de transporte la que ha derivado al estudio de ampliar la normativa, ya que sufren gran competencia de las empresas procedentes de terceros países, lo que conlleva un descenso de la flota italiana en la realización de transporte internacional con origen o destino en este país. Su objetivo, crear unas condiciones para que de los derechos de los trabajadores sean respetados y controlar la situación de competencia desleal que atraviesa este sector.
Desde el Departamento Laboral de Gestoria Crespo puede tener acceso a la información que necesite sobre la noticia, os recordamos que la normativa todavía no se ha desarrollado, ya que no se ha publicado el modelo de comunicación de desplazamiento ni el procedimiento de gestión y control por parte de las autoridades laborales italianas.