
04 Nov NUEVA TASA PARA TRANSPORTISTAS EN ANDORRA.
A finales del año 2014 España y Andorra firmaron un Acuerdo sobre transporte internacional por carretera, afectando a todos los servicios que realizan los transportistas españoles con origen o destino en dicho país o bien los transportes realizados en el interior (cabotaje).
A partir de su entrada en vigor el 01 de Octubre y conforme al convenio, es necesario solicitar una autorización bilateral en el país de matriculación del vehículo para poder realizar las rutas, en caso de los transportistas españoles debe ser solicitado ante el Ministerio de Fomento.
Para su obtención se debe presentar:
- El modelo de la solicitud de autorización rellenado (http://www.fomento.gob.es/NR/rdonlyres/E2BF634B-99BF-4D2F-A42C-A5276BDFF1F6/132824/SOLICITUD__AUTORIZACION_BILATERAL_TEMPORAL_Andorra.pdf)
- Realizar el pago de la tasa correspondiente al modelo 790 (código 023) de la Agencia Tributaria por valor de 126 € por camión.
La vigencia de la autorización caduca el 31 de Enero del año siguiente y se considera una infracción muy grave realizar la ruta sin dicha autorización y conlleva a sanciones que superan los 4000€.
Quedan exentos de dicha autorización los vehículos de menos de 3’5 T de MMA así como los transportes privados.