Si quieres saber a cuánto asciende el precio del cambio de nombre de un coche, no tienes más que venir a vernos y en nuestra gestoría experta en transporte te resolveremos esta y otras muchas dudas. Por ejemplo, ¿sabes lo que puede ocurrirte si circulas con la ITV de tu coche caducada? Te lo contamos a continuación en este post.
Como seguro que sabes, las Inspecciones Técnicas de Vehículos (ITV) son totalmente obligatorias. El Real Decreto 2042/1994 establece cada cuánto tiempo deben realizarse estas revisiones en función del modelo y de la antigüedad que tenga un vehículo. De acuerdo con esto, si un vehículo es detenido y no cuenta con la ITV superada en los tiempos y formas correspondientes, su propietario será sancionado con una de las diferentes multas que se imponen en estos casos.
Muchas personas se la juegan y deciden no pasar la Inspección Técnica de Vehículos con el objetivo de ahorrarse unos euros. En muchos casos, el temor a que se detecten averías costosas también suele estar entre los motivos que hacen que una persona eluda esta obligación. Sin embargo, circular con la ITV caducada puede salir mucho más caro, ¿quieres saber cuáles son esas sanciones y a cuánto ascienden?
– Circular con un vehículo con la ITV caducada, supone una sanción de 200 euros además de que al conductor se le retirará el permiso de circulación. En estos casos, es posible reducir la sanción a 100 euros si se abona de manera inmediata y acogiéndose al descuento del 50% del pronto-pago.
– Si habiendo llevado el vehículo a pasar la ITV, ésta resultó desfavorable por algún tipo de anomalía y aun así, la persona decide seguir circulando con su coche sin reparar el motivo por el que la inspección resultó negativa, la sanción en este caso ascenderá a 500 euros y sin posibilidad de descuento por pronto-pago por incumplir las condiciones técnicas que garantizan la seguridad vial.
En Gestoría Crespo también nos gustaría recordarte que circular sin superar la ITV no sólo puede suponer una sanción económica, sino que en el caso de accidente, la aseguradora puede negarse a pagar los daños propios e incluso puede reclamar al tomador los daños que cubra inicialmente a terceros. Así que ya los sabes, no te la juegues y recuerda el plazo en el que tu vehículo tiene que realizar esta inspección.