El ministerio de Hacienda ha elaborado el proyecto de Orden de módulos para 2017, en el cual, el importe de los módulos de IVA e IRPF se mantiene igual al de 2016, así como el límite máximo de vehículos de transporte, 4 vehículos para transporte de mercancías y 5 en el caso de transporte de viajeros.
Hay que recordar que, desde 2016 se redujo para el sector del transporte de mercancías por carretera el límite máximo para poder continuar acogido a este régimen, quedando establecido el límite de facturación anual en el año anterior en 125.000 € siempre que la facturación se realice en más de un 50% a empresas o profesionales.
Pero como novedad para el año 2018, en la facturación total del ejercicio 2017 no podrá ser mayor a 75.000 € o en consecuencia, comenzarán el año (2018) en estimación directa.
Así pues, los módulos para IRPF de las actividades de transporte de mercancías y de transporte de viajeros quedarían de la siguiente manera:
- Transporte de mercancías: 10.090,99 € de personal no asalariado, 2.728,59 € de personal asalariado y 126.21 de carga del vehículo.
- Transporte de viajeros: 16.016,97 € de personal no asalariado, 2.981,02 € de personal asalariado y 121,40 de asiento del vehículo.
En el IVA dichas actividades quedarían como sigue:
- Transporte de mercancías:149,99 € de personal empleado y 388,55 de carga del vehículo.
- Transporte de mercancías de residuos:948,64 € de personal empleado y 151,58 de carga del vehículo.
- Transporte de viajeros:700,62 € de personal empleado y 79,72 de cada asiento del vehículo.
Es importante saber que la información publicada en este artículo es derivada de un proyecto por lo que no está todavía aprobado.
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