El pasado viernes 20 de marzo el Ministerio de Transportes publicó una nueva Orden en el Boletín Oficial del Estado (BOE) por el que se autoriza a que en cabinas de vehículos de transporte de mercancías puedan ir dos personas a bordo, siempre que se mantengan las medidas sanitarias pertinentes.
Es por ello que, principalmente para transporte internacional, se permite el viaje a bordo de dos personas para recorrer más distancia y llegar antes a destino. Algo que también podrá realizarse en transporte nacional con, por ejemplo, un mozo que ayude al conductor en la carga o descarga.
Autorizada la apertura de talleres
Del mismo modo, el Gobierno también ha aprobado en dicha Orden la apertura de talleres y tiendas de repuesto, pero limitando estas últimas a que no se abran al público. El motivo principal se expone del siguiente modo:
“La situación de estado de alarma en la que el país se encuentra existen ciertos servicios esenciales que requieren el uso de vehículos (servicios de emergencias, bomberos, ambulancias, fuerzas y cuerpos de seguridad, vigilancia, entre otros), que ahora más que nunca han de estar en las debidas condiciones de seguridad y mantenimiento, para garantizar la continuidad de tales servicios. Por ello, es incuestionable que los talleres de reparación que se encarguen, bien por contrato, bien por otras fórmulas jurídicas, del mantenimiento y reparación de estos vehículos, han de permanecer abiertos. Asimismo en esta situación de estado de alarma es indispensable el mantenimiento del servicio de transporte terrestre a fin de garantizar el suministro de productos y bienes de primera necesidad (sanitarios, alimenticios, higiene, etc), por lo que es asimismo necesario asegurar que los vehículos encargados de dicho transporte puedan circular en las debidas condiciones de seguridad y mantenimiento, fin que únicamente puede conseguirse si hay talleres de reparación de vehículos abiertos”.
Se puede encontrar la Resolución completa en: https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/20/pdfs/BOE-A-2020-3895.pdf
Se prorroga la vigencia de las tarjetas CAP
El jueves 19 de marzo se publicó una Orden en el BOE por la que se prorroga la vigencia de las tarjetas CAP de conductores profesionales que venzan después del 1 de marzo. Dicha prórroga se amplía al menos 120 días desde que concluya el Estado de Alarma.
Este hecho conlleva a una ampliación de aproximadamente 4 meses para aquellos conductores que deban realizar los cursos CAP de renovación. Se aplica a nivel nacional y se ha comunicado a la Comisión Europea.
Toda la información aquí: https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/19/pdfs/BOE-A-2020-3863.pdf