La Declaración de la Renta a realizar el año 2021 sobre el ejercicio 2020 trae importantes novedades, principalmente por consecuencias de coronavirus y crisis económica. Una de las novedades Declaración Renta es la relativa a cómo afectarán los ERTE que se produjeron durante el ejercicio 2020.
Por su parte, debemos conocer el calendario de la Declaración de la Renta 2020 y saber que a partir del día 7 de abril se podrán presentar declaraciones por internet. Con fecha límite el 30 de junio. Aquí veremos modificaciones como la aportación a planes de pensiones, importación de datos de libros de registro, ERTE, prestaciones recibidas…
Ingreso Mínimo Vital como novedades Declaración Renta
El pasado mes de mayo se aprobó el ingreso mínimo vital. Esta prestación repercutirá directamente en quienes hayan recibido esta ayuda. Siguiendo el artículo 33 del Real Decreto que aprobó esta ayuda, los perceptores deberán realizar la declaración en los ejercicios que se perciba. Una de las novedades Declaración Renta 2020-2021 menos conocidas.
Esta situación afectará a sectores de la población que no están habituados a realizar estos trámites con posibles desajustes. Por ejemplo, que algún miembro de la unidad familiar perciba rentas superiores a los 1.800 euros al año sin posibilidad de deducción por descendientes o ascendientes.
Novedades en la presentación de los Rendimientos de capital inmobiliario
En estas novedades Declaración Renta se podrá trasladar de forma sencilla de la declaración del ejercicio 2019 a esta del 2020 para el cálculo de la amortización.
El gran protagonista: los ERTE
Como ya explicamos, una de las principales novedades Declaración Renta serán los ERTE y saber cómo afectará la tributación de estas prestaciones. Principalmente repercutirá en aquellos que hayan cobrado más de 1.500 euros del SEPE, cuando anteriormente tan solo tuvieron un pagador (su empresa habitual).
Del mismo modo, el mínimo obligatorio para presentar la Declaración de la Renta disminuye de los 22.000 euros a los 14.000 para un solo pagador. Además, las mujeres con hijos afectadas por un ERTE estarán consideradas como sin empleo y, por lo tanto, no se podrán deducir maternidad ni la ayuda de guardería.
Novedad en los tramos de gravamen: renta general y renta del ahorro
Sobre la renta general se aplica un nuevo tramo de gravamen para pasar de los cinco anteriores a los seis actuales. Se añade que para la base liquidable superior a los 30.000 euros se aplica un tipo del 24’50%.
Las rentas de ahorro tendrán un nuevo tramo con una tributación del 26% para aquellos que superen los 200.000 euros. Esto se refiere a seguro de vida, intereses en cuentas, depósitos de ahorro, venta de acciones o donaciones de bienes.
Planes de pensiones: novedades Renta 2020
Las aportaciones mensuales que se podrán emplear en este ejercicio no podrán superar los 2.000 euros, ni tampoco los 8.000 si proceden de aportaciones de empresas. De forma general el límite se sitúa en los 10.000 euros. Asimismo, las aportaciones de un cónyuge se limitan a los 1.000 euros y las de seguros privados de dependencia a los 2.000 euros.
Importación de datos de libros registro IRPF
Otra de las principales novedades Declaración Renta afecta a quienes estén obligados a llevar un libro de registro del IRPF tendrán la posibilidad de importar los datos en la Declaración de la Renta. Facilita que los datos de los libros de registro del IRPF sean más fáciles de trasladar.
Eso sí, la importación debe estar tal y como especifique la Agencia Tributaria. Por lo que se deberán adaptar al formato que implante Hacienda, con las consiguientes dificultades en caso de no estar habituado.
Como se puede observar, hay novedades Declaración Renta del ejercicio anterior que afectan a todos los colectivos sociales. Tanto a aquellos más vulnerables económicamente con los ERTE y el ingreso mínimo vital, como a aquellos que perciban rentas más altas con las rentas de ahorro o rentas generales. Por ello, desde Gestoría y Asesoría Crespo te ayudaremos con la presentación y todas las dudas que puedas tener.