Desde el Ministerio de Transportes se confirmó el jueves 4 de marzo cómo se procederá a aplicar el nuevo Reglamento ómnibus. Las condiciones se han comunicado a la Unión Europea dentro de las posibilidades que se habilitaban para ampliar los plazos de validez de certificados, permisos y autorizaciones para desarrollar la actividad del transporte.
De este modo, desde el Ministerio de Transportes se confirma que se prorrogará la vigencia de la tarjeta CAP de conductores profesionales entre 6 y 10 meses. Por su parte, tanto Ministerios de Industria como de Interior descartan prórrogas de ITV y permisos de conducir.
En referencia a la prórroga del CAP, se establece que se limitará al certificado de aptitud profesional de conductores profesionales. Por ello, siguiendo las directrices del Reglamento europeo en sus plazos máximos, la validez de las tarjetas CAP cuya caducidad se encuentre entre el 1 de septiembre de 2020 y el 30 de junio de 2021, se prorrogarán 10 meses más desde la fecha de caducidad que se indique en la tarjeta.
Excepción a la prórroga del CAP
No se beneficiarán de la prórroga total aquellos conductores que se beneficiaron de la prórroga de 7 meses aprobada en mayo de 2020. La ampliación de validez será, en estos casos, de 6 meses más, con límite el 1 de julio de 2021.
Aclaración Reglamento ómnibus 2021/267
Tarjetas CAP que no se acogieron a prórroga anterior
Los conductores profesionales cuya validez del CAP caduque o vayan a caducar entre el 1 de septiembre de 2020 y el 30 de junio de 2021 se prorrogarán 10 meses desde la caducidad indicada en la tarjeta. Ejemplo:
- Conductor cuya tarjeta CAP caduca el 1 de septiembre de 2020, se prorroga hasta el 1 de julio de 2021.
- Conductor cuya tarjeta CAP caduca el 10 de marzo de 2021 se prorroga la vigencia hasta el 10 de enero de 2022.
Tarjetas CAP que sí se acogieron a prórroga anterior
Si los conductores ya se acogieron a la prórroga de 7 meses, la ampliación esta vez podrá ser de 6 meses. Si la ampliación es anterior al 1 de julio, se ampliará hasta esta fecha. Ejemplo:
- Conductor cuyo vencimiento era el 10 de febrero de 2020 se amplió su vigencia hasta 10 de septiembre. Con el nuevo reglamento se amplía 6 meses más (hasta el 10 de marzo de 2021) y como esa fecha es anterior al 1 de julio, esa vigencia se prorroga al 1 de julio de 2021.
- Conductor cuyo vencimiento fue 10 de agosto de 2020, su vigencia se amplió hasta el 10 de marzo de 2021 y con el nuevo Reglamento se amplía 6 meses más: hasta el 10 de septiembre de 2021.
Consulta aquí la nota aclaratoria del Ministerio de Transportes