La Directiva europea de principios de año en Países Bajos sobre trabajadores desplazados (salario mínimo), aprobada en 2014, comenzará a aplicarse desde el 1 de septiembre de 2020 después de meses de prueba desde el 1 de marzo. La denominada WagEU obliga a cualquier empresa que desplace de forma temporal a trabajadores a Holanda, a inscribirse y cumplir las exigencias del Ministerio de Trabajo respetando las condiciones de trabajo y salario mínimo holandés (1.653’60 euros mensuales).
De este modo, en caso de incumplimiento se interpondrán las correspondientes sanciones tanto a los transportistas autónomos como a los conductores asalariados afectados por dicha normativa. Afecta tanto a aquellos que realicen transporte internacional (carga y/o descarga) y de cabotaje con Holanda, quedando exento el transporte de tránsito.
Se debe recordar que las empresas de transporte con trabajadores desplazados temporalmente a Holanda se deberán inscribir previamente en el Portal Web https://meldloket.postedworkers.nl/runtime/ con su correo electrónico y contraseña. Al hacerlo se podrá realizar la tramitación telemática online de la Declaración de Desplazamiento de los conductores.
Una vez se registre la empresa y previamente al desplazamiento se cumplimentará por el conductor que podrá realizar conducción en Holanda, la Declaración de Desplazamiento que acreditará el cumplimiento de las normas laborales y del salario mínimo holandés. Además, se designará un Representante en Holanda al que se dirigirán las autoridades de control holandesas la Declaración, el Modelo A1 de la Seguridad Social y los demás documentos que acrediten con el cumplimiento del salario mínimo.
La Declaración tiene una validez de un año, siempre y cuando no se hayan modificado las condiciones esenciales del conductor declaradas en el Certificado de Desplazamiento.