Hace unas semanas el gobierno de Francia dispuso las condiciones por las cuales se regulaba el descanso de los vehículos ligeros. Se introdujo en el Código de Transportes la prohibición de realizar descansos diarios o semanales de conductores trabajadores a bordo de vehículos comerciales ligeros (menos de 3’5 tn. de MMA), con las consiguientes importantes sanciones económicas.
Las empresas deberán garantizar a sus empleados, principalmente si son conductores, de vehículos ligeros condiciones de alojamiento dignas e higiénicas fuera del vehículo. Así, se prohíbe el descanso, diario o semanal, a bordo del camión. La obligación tiene extensión a todos los supuestos en los que la operación de transporte por carretera se realiza lejos de su centro de trabajo o su domicilio, por lo que afecta a los conductores o trabajadores que no podrán regresar al final de su jornada laboral.
La prohibición se aplica tanto a empresas establecidas en Francia como en cualquier país de la Unión Europea. Afecta, de este modo, a conductores autónomos o asalariados de empresas españolas.
¿Dónde se puede realizar el descanso de vehículos ligeros?
El descanso de vehículos ligeros en Francia debe efectuarse fuera del vehículo en un lugar compatible con la “dignidad humana”. Debe reunir condiciones de comodidad, higiene y acceso a instalaciones sanitarias. Como consecuencia, está prohibido descansar en asientos o partes traseras de vehículos, tiendas de techo acopladas, carpas o tiendas ubicadas en proximidades de los vehículos.
Aquellas empresas que establezcan dietas de alojamiento y estas sean empleadas por los conductores para otros fines, pueden llevar a existencia de infracción e imposición de sanción por parte de los agentes. Las empresas no se podrán eximir de responsabilidad ni por pago de dietas de alojamiento ni por la libre elección de los conductores del alojamiento.
Finalmente, las empresas de transporte comercial en vehículos ligeros deben garantizar estas condiciones y si no lo hacen la sanción puede alcanzar desde los 1.500 euros hasta los 3.000€ en caso de reincidencia.
Por su parte, las sanciones a empresas establecidas fuera de Francia conllevarán a la inmovilización del vehículo hasta que se abone el depósito de 750 euros.